Dirección
de Tránsito
La
Dirección de Tránsito y Transporte Público
tiene por objetivo el asegurar la optimización de las condiciones
de tránsito en la ciudad y otorgar a la comunidad los servicios
necesarios relativos al transporte urbano e interurbano que tenga
lugar dentro de la comuna, asegurando un desplazamiento permanente
y seguro, y en menor tiempo, de acuerdo a la demanda creciente
de la ciudad.
Asimismo,
debe velar por el cumplimiento de las normas legales que regulan
el tránsito y transporte público y el mejoramiento
de los sistemas viales, a través de una adecuada gestión
de tránsito en la comuna.
Servicios:
- Obtención
y renovación de Permiso de Circulación de Vehículos.
- Obtención
y renovación de Licencias de Conducir Clase A1, A2, A3,
A4, A5, B, C, D, E y F.
|
DIRECCION |
TRANSITO |
NOMBRE DEL SERVICIO |
OTORGAMIENTO DE PERMISOS DE CIRCULACION |
RESPONSABLE DEL PROCESO |
DIRECCION DE TRANSITO Y TT. P. |
NORMATIVA: LEY Nº 18.290, SOBRE TRANSITO Y TRANSPORTE PUBLICO
- ORDENANZA DE DERECHOS MUNICIPALES
- DECRETO LEY Nº 3.063 DE 1979, SOBRE RENTAS MUNICIPALES
|
TRAMITES |
- Solicitud y pago de permiso de circulación.Verificación y pago de multas impagas.
- Inscripción y otorgamiento de Padrón y Placa Patente Única a carros de arrastre hasta 1.750 kilos.
- Verificación de deudas por permisos de circulación y pago en tesorería.
- Emisión de formulario pago permiso de circulación y pago en tesorería.
- Emisión y pago de duplicado de permiso de circulación.
- Emisión de permisos de circulación provisorio de traslado de vehiculo.
- Recepción y pago de impuesto por trasferencia de vehiculo.
- Declaración jurada simple por vehiculo en panne.
- Modificación en el registro comunal de carros de arrastre, por cambio de propietario o color.
- Venta de de sello verde, rojo o amarillo.
- Duplicado de sello verde rojo o amarillo.
- Duplicado padrón de carros de arrastre hasta 1.750 kilos.
- Duplicado de la placa patente única de carros de arrastre hasta 1.750 kilos
- Convenio de pago de permisos de circulación morosos de años anteriores otorgados a vehículos de nuestro registro comunal.
- Servicio de bodegaje, en recinto municipal, de vehículos retenidos por infracción a la ley de transito.
- Servicio de bodegaje, en recinto municipal, de animales sueltos en la vía publica.
- Designación de paraderos a vehículos de la locomoción colectiva.
- Emisión de certificado de paradero.
- Permisos por uso de vías públicas (calles), para trabajos o eventos.
REQUISITOS Y DOCUMENTOS PARA SOLICITAR EL SERVICIO
|
PRIMER PERMISO DE CIRCULACION:
DOCUMENTOS ORIGINALES
- Inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados.
- Factura del vehiculo.
- Certificado de Homologación.
- Seguro Automotriz Obligatorio.
- Declaración Jurada Notarial, para carros de arrastres hasta 1.750 kilos Hechizos.
RENOVACION DE PERMISO DE CIRCULACION Y TRASLADO DE REGISTROS COMUNALES
DOCUMENTOS ORIGINALES
- Ultimo Permiso de Circulación cancelado.
- Certificado de Homologación o Revisión Técnica y Análisis de Gases (copia Municipalidad).
- Seguro Automotriz Obligatorio (copia Municipalidad).
- Certificado de Inscripción (padrón).
DUPLICADOS – PERMISOS PROVISORIOS Y DE TRASLADO DE VEHICULOS
- Ultimo permiso de Circulación cancelado.
- Seguro Automotriz Obligatorio (para permiso provisorio).
|
OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE CONDUCIR
TRAMITE PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO
-
Identificación y verificación del requerimiento señalización
-
Pago de derechos municipales
-
Pago certificado antecedentes (municipio retira en R. Civil)
-
Fotografía del interesado (es tomada por el municipio)
-
Exámenes Médicos
-
Examen Teórico
-
Examen practico
-
Emisión de licencia
-
Entrega de licencia
|
Licencias con que debo conducir
LEY 18.290 |
 |
A1(Anterior al 8/3/1997):
Habilita a sus titulares para conducir vehículos motorizados destinados al transporte colectivo de personas, taxis, vehículos para el transporte remunerado de escolares y particular de personas; estos últimos con capacidad superior a siete asientos, excluido el del conductor. |
 |
A2(Anterior al 8/3/1997) No Confundir con A2 L.19.495
Habilita a sus titulares para conducir vehículos motorizados de carga, simple o con acoplado, con capacidad de carga superior a 1.750 kilogramos, vehículos recolectores de basura u otros destinados al aseo; vehículos de carga, sea cual fuere su capacidad, que transporten substancias o mercancías peligrosas, tales como explosivos o elementos radioactivos, corrosivos, tóxicos o inflamables y vehículos de emergencia.. |
LEY 19.495

|
A2 Profesional para conducir indistintamente taxis, ambulancias o vehículos motorizados de transporte público o privado de personas con capacidad de 11 ó 17 asientos.
|
 |
A3 Profesional para conducir taxis, transporte remunerado de escolares, ambulancias o vehículos de transporte público o privado de personas sin limitación de asientos. |
 |
A4 Profesional para conducir vehículos simples destinados a transporte de carga cuyo peso bruto vehicular sea superior a 3.500 kilos. |
 |
A5 Profesional para conducir todo tipo de de vehículos motorizados simples o articulados, destinados al transporte de carga cuyo peso bruto vehicular sea superior a 3.500 kilos. |
HOMOLOGACION Los titulares de licencia de conducir A1 y A2 obtenidas con anterioridad al 8 de Marzo 97(Ley 18.290) podrán optar a licencia de conducir profesional clases A-3 y/o A-5, previa acreditación con el correspondiente certificado de haber aprobado el curso de capacitación en una Escuela de Conductores Profesionales acreditada.
|
| TRAMITE |
DOCUMENTOS Y REQUISITOS PARA OBTENER EL SERVICIO. |
1º LICENCIA CLASE: B - C
|
- Cedula de identidad vigente
- Certificado de estudios original (8º básico)
- Certificado de residencia
Si es menor de 18 años (17 años cumplidos)
- Certificado Escuela de Conductores
- Autorización notarial de ambos padres
|
RENOVACION DE LICENCIA |
- Licencia anterior
- Certificado de residencia con domicilio en la comuna(si la licencia es de otra comuna)
|
EXTENSION DE LICENCIA A PROFESIONAL
CLASE: A1 - A2 - A3 - A4 - A5 |
- Certificados de Escuela de Conductores
- Licencia anterior
- Certificado de residencia (si la licencia es de otra comuna)
|
EXTENSION de LICENCIA PARA MAQUINARIA PESADA O AGRICOLA
CLASE: D |
- Certificado( especifica conocimientos en maquinaria pesada o agrícola)
- Certificado residencia ( solo si la licencia es de otra comuna)
|
LICENCIAS ESPECIALES CLASE: F |
- Certificado de la Institución.
|
APROBAR LO SIGUIENTE
-
Idoneidad moral física y síquica
-
Examen Medico
-
Examen teórico (si es extensión de licencia, primera licencia o licencias clase A1-A2 LEY
18.290)
-
Examen practico (si es extensión de licencia o primera licencia)
|
LOS DERECHOS APAGAR ESTAN ESTABLECIDO EN EL Art. Nº 11 ORDENANZA DERECHOS MUNICIPALES
Telefonos
:
- Licencias de Conducir (053) - 448572
- Permisos de conducir (053) - 448573
Dirección: Manuel Bulnes Nº 599
|